Obligaciones que los empleadores deben cumplir al contratar extranjeros en Colombia

Últimamente son más las empresas y personas que desean contratar personal extranjero para que desempeñen una actividad o labor especifica en Colombia. Para este tipo de contrataciones, existen obligaciones legales en materia de visas, que se deben cumplir para evitar incurrir en sanciones o multas por parte de las entidades pertinentes. A continuación, procederemos a abordar las principales de ellas:

  1. Obtención de Visa tipo M - Trabajador

La visa tipo M es aquella que se le otorga al extranjero que desee ingresar en el territorio nacional con la intención de establecerse y permanecer en Colombia. Para contratar a una persona extranjera se debe solicitar la visa tipo “M – trabajador” ante la Cancillería y se necesita un contrato laboral suscrito entre el empleador y el trabajador extranjero.

El trabajador deberá ser contratado para ejercer un cargo fijo o de larga duración dado que se considera que la vinculación será de manera constante. Estos suelen ser contratos a término indefinido, pero si es a término fijo no deberá ser menor a un año, conservando la posibilidad de renovación por periodos iguales conforme a la legislación local. La vigencia de la visa puede ser hasta por tres años prorrogables, sin embargo, la Entidad puede otorgarla por un término inferior.

Para ejercer la profesión o actividad regulada establecida en la visa, se deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos para los nacionales colombianos consagrados en las normas vigentes y acreditará los documentos respectivos tales como la homologación o convalidación de títulos, el permiso o licencia provisional, matrícula, tarjeta profesional o constancia de experiencia expedido por los Consejos Profesionales o autoridad competente según corresponda.

  1. Obtención de la Cédula de Extranjería

Después de haber obtenido la visa y si su vigencia es mayor a tres meses, se debe expedir la Cédula de Extranjería. Esta debe ser solicitada dentro de los 15 días calendario siguientes a la publicación de la visa ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. La Cédula de Extranjería tiene como finalidad identificar a los extranjeros que se encuentren en territorio colombiano.

  1. Registro ante el SIRE y el RUTEC

Migración Colombia y el Ministerio del Trabajo, con el fin de mantener un registro de los extranjeros en Colombia implementaron dos plataformas denominadas; Sistema de Información de Registro de extranjeros -SIRE y Registro Único de Trabajadores en Colombia - RUTEC, respectivamente.

El registro de los extranjeros en las plataformas se deberá reportar dentro de los primeros 15 días siguientes a la iniciación de labores al igual como su desvinculación laboral. Las empresas contratantes deberán registrarse en estas plataformas y cumplir con el registro dentro del término pactado.

  1. Aportes a la Seguridad Social

Como consecuencia de lo anterior, el empleador debe realizar el pago respectivo de seguridad social y hacer las afiliaciones obligatorias por ley a: salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación. El valor del aporte de seguridad social por parte del empleador es de 12% para pensiones, 8.5% por salud, 0.5% de riesgos laborales nivel 1 y 8% de cajas de compensación.

Es importante recalcar que existen diferentes tipos de Visas y permisos migratorios que pueden obtener los extranjeros si no desean permanecer en Colombia por un tiempo extendido o establecerse en el territorio colombiano.

Si desean obtener acompañamiento para la obtención de la visa y regularizar la estadía de un extranjero en Colombia, estaremos dispuestos a brindarle una asesoría integral.