Regulación de los criptoactivos en Colombia

Desde el año 2021, la Superintendencia Financiera de Colombia se encuentra realizando el plan piloto en el cual siete (7) entidades del sistema financiero vigiladas por este ente de control, a través de nueve (9) proyectos, y en alianza con plataformas de criptoactivos (Exchanges), se encuentran ejecutando pruebas temporales en la Arenera (Sandbox) de la Superintendencia Financiera de Colombia, dicho proyecto se culminará en el primer trimestre del año 2022.

La iniciativa por parte de la Superintendencia Financiera se generó por los diferentes cambios presentados en la economía a nivel mundial; adicionalmente, a los nuevos desarrollos e innovaciones computacionales donde se transforma la forma en que se intercambia bienes y servicios. Uno de los cambios mas importantes corresponde a los criptoactivos (Bitcoin, Ethereum entre otros).

El final del plan piloto, no significa que la Superintendencia Financiera entre a regular de forma inmediata las operaciones de activos digitales en el pais, este es solo un espacio de control y vigilancia donde se puede analizar el comportamiento de los colombianos frente a esta innovación y tomar decisiones que beneficien a los consumidores.

Actualmente en Colombia no existe ninguna Ley que regule de forma clara el tratamiento de criptoactivos; Sin embargo la DIAN, el Banco de la República, La Superintendencia Financiera, el Consejo Técnico de Contaduría Pública, entre otras organizaciones, se han pronunciado frente al tema.

Es de mencionar que la Superintendencia Financiera mediante la Carta Circular 29 del 2014, señalo que las monedas virtuales no se encuentran reguladas por la Ley, ni se encuentran sujetas a control, vigilancia e inspección de la Superintendencia Financiera.  

Adicionalmente, en el año 2021, los representantes a la Cámara Mauricio Toro y Rodrigo Arturo Rojas radicaron el Proyecto de Ley “Por la cual se regulan los Servicios de Intercambio de Criptoactivos ofrecidos a través de las Plataformas de Intercambio de Criptoactivos” y de acuerdo a los resultados que se obtenga del plan piloto de laArenera son importantes para el avance de este Proyecto de Ley.

La UIAF Colombia expidio el pasado 15 de diciembre de 2021 la Resolucion 314, por medio de la cual las personas naturales y jurídicas que provean servicios de activos virtuales tienen la obligación de enviar Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad cuando adviertan posibles operaciones de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo en las transacciones o actividades. 

El envío de los ROS debe realizarse de manera inmediata a través del Sistema de Reporte en Línea (SIREL) de la UIAF, de conformidad con el anexo técnico establecido por la Unidad. 

Concretamente la UIAF solicita el envío de ROS a las personas o empresas que realicen (para o en nombre de otra persona natural o jurídica) actividades u operaciones, sin importar el monto, relacionadas con: 

  • Intercambio entre activos virtuales y monedas fiat. 
  • Intercambio entre una o más formas de activos virtuales.
  • Transferencias de activos virtuales. 
  • Custodia o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales.
  • Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor o venta de un activo virtual.
  • En general, servicios relacionados con activos virtuales.

El pasado 28 de enero de 2022, la Dirección De Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN mediante su comunicado de prensa No. 009, menciona que ha decidido iniciar acciones que permitan la fiscalización a los contribuyentes que realicen operaciones con criptomonedas, pues se ha encontrado que hay quienes estarían evadiendo sus responsabilidades tributarias al ser inexactos o no reportar ingresos que proceden de operaciones con criptodivisas como el bitcoin.

(…) Estas acciones buscan establecer un control tributario a los contribuyentes omisos o inexactos que en el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios no registraron los ingresos obtenidos por operaciones con criptomonedas o los registraron de manera inexacta. Al respecto, la DIAN ha expedido oficios relacionados con el manejo fiscal y correcta declaración de los criptoactivos. (…).

Asi mismo, se busca crear un Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC). Este registro será manejado por las Cámaras de Comercio de Colombia y funcionará como una base de datos en donde se darán de alta todas las empresas que manejan Bitcoin en Colombia que cumplan con los requerimientos de la ley.

En que consiste el Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC)

Los entes de control planean hacer un registro en donde estarán enlistados los Exchanges que cumplen con los requisitos establecidos por la Ley, llamado Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (RUPIC). Esto permitirá a cualquier persona verificar qué instituciones cumplen con la Ley. Para que una Institución que Provee Servicios de Intercambio de Criptoactivos esté registrada en esta lista, debe de cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar domiciliada en territorio nacional.
  • Contemplar dentro de su objeto social el Intercambio de Criptoactivos.
  • Mantener un programa de seguridad informática que asegure que sus sistemas estarán disponibles y funcionales, que protegerán la información sensible de su uso no autorizado. Se debe de presentar un manual de operaciones con esta información ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  • Llevar a cabo acciones para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
  • Reportar la información que la UIAF - Unidad de Información y Análisis Financiero requiera.

En conclusión, es claro el reto que tienen la Superintendencia Financiera de Colombia, el Banco de la República, DIAN, UIAF y las demás entidades, asi como el Congreso de la República de analizar, desarrollar e implementar (si hay lugar a ello) un marco legal acorde con el crecimiento acelerado de los criptoactivos a nivel global y asi permitir transacciones seguras minimizando operaciones para actividades ilegales como el lavado de activos y financiacion del terrorismo.

Fuentes:

  • Documento Colombia da el primer paso para regular el Bitcoin en el link:  https://colombiafintech.co/lineaDeTiempo/articulo/colombia-da-el-primer-paso-para-regular-bitcoin
  • Resolución 314 – UIAF en el link: https://www.uiaf.gov.co/sala_prensa/noticias_comunicados/uiaf_expide_resolucion_imponer_30998
  • Comunicado de prensa No. 009 del 28 de enero de 2022 - Dirección De Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN

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