El concepto No. 0729 del 18-04-2024, emitido por la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, explica las tesis jurídicas respecto de la tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a usuarios de zonas industriales:
- Tesis 1: Tarifa del 20% para usuarios industriales de zona franca antes del 13 de diciembre de 2022: Los contribuyentes autorizados como usuarios industriales de zona franca antes del 13 de diciembre de 2022, que cumplen con el principio de exclusividad (artículo 6 del Decreto 2147 de 2016) y desarrollan exclusivamente las actividades autorizadas, pueden aplicar la tarifa del 20% del artículo 240-1 del Estatuto Tributario antes de su modificación por la Ley 2277 de 2022. Ahora bien, incumplir cualquiera de estos requisitos implica aplicar la tarifa general del artículo 240 del Estatuto Tributario.
- Tesis 2: Tarifa después del 13 de diciembre de 2022: Los contribuyentes autorizados después del 13 de diciembre de 2022 deben determinar la tarifa del impuesto sobre la renta según el artículo 240-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 11 de la Ley 2277 de 2022.
En ese sentido, después de la modificación de la Ley 2277 de 2022 se establece un régimen mixto de tarifa basado en el origen de los ingresos, por lo cual, los usuarios autorizados después del 13 de diciembre de 2022 deberán aplicar las disposiciones del artículo 240-1 modificado.