Consejo de Estado, sección cuarta, sentencia 28846 del 13 de agosto de 2026

Consejo de Estado, sección cuarta, sentencia 28846 del 13 de agosto de 2026

En la Sentencia 28846 del 13 de agosto de 2026, el Consejo de Estado analizó si el ingreso obtenido por la cesión del derecho de opción de compra derivado de un contrato de leasing financiero debía integrar la base gravable del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en Bogotá. La controversia surgió porque la Administración consideró que no podía aplicarse la exclusión correspondiente a la enajenación de activos fijos, dado que el contribuyente nunca había adquirido la propiedad del inmueble objeto del leasing.

La Sala distinguió entre el inmueble objeto del contrato y el derecho contractual que surge para el locatario. Precisó que, durante la ejecución del leasing financiero, el inmueble continúa siendo propiedad de la compañía de leasing, mientras que el locatario incorpora a su patrimonio un derecho de naturaleza incorporal consistente en la posibilidad de ejercer la opción de compra. En ese sentido, dicho derecho puede calificarse como activo fijo cuando no fue adquirido con el propósito de ser enajenado dentro del giro ordinario de los negocios y tiene vocación de permanencia en el patrimonio del contribuyente.

En el caso concreto, el Consejo de Estado encontró que la cesión de la opción de compra había sido una operación esporádica y ajena a la actividad habitual de la sociedad, mientras que el inmueble asociado al leasing había sido utilizado permanentemente en el desarrollo de su actividad empresarial. Por ello, concluyó que el derecho cedido constituía un activo fijo intangible y que el ingreso proveniente de su enajenación estaba excluido de la base gravable del ICA, independientemente de que el contribuyente no hubiera adquirido la propiedad jurídica del inmueble.

En consecuencia, la Sala revocó la sentencia de primera instancia, reconoció la procedencia de la exclusión del ingreso de la base gravable del ICA y determinó que tampoco había lugar a la sanción por inexactitud impuesta al contribuyente.